Crearon el Régimen de Escrituración Gratuita para Viviendas del IPPV

05/10/2021 | Destacadas Prensa

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El Parlamento rionegrino sancionó hoy la ley propuesta por el Poder Ejecutivo que establece el Régimen Jurídico Especial para la Escrituración Gratuita de las Viviendas construidas o financiadas por el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV).


Los beneficios alcanzan a todas las primeras escrituras públicas traslativas de dominio, y cuando corresponda, a la constitución de hipoteca de viviendas adjudicadas.

La miembro informante del proyecto, Julia Fernández (JSRN), explicó que “desde hace un tiempo se evidencia, tanto en Río Negro como en otras provincias, un alto indice de irregularidad dominial en este tipo de planes de vivienda por diferentes factores”. “La causa principal es que numerosas familias no pueden llegar a la titularización de su vivienda y genera una vulnerabilidad social, una imposibilidad de generar derechos de transmisión, de mejoras, de permutar o ejercer el derecho pleno de la vivienda”, señaló. En este sentido, afirmó que “el gobierno debe acompañar y subsanar estos derechos”.

Indicó que el proyecto establece como compromiso para los adjudicatarios que tengan deudas impositivas, concretar un plan de pago y, para poder resolver la falta de planos actualizados, la posibilidad de eximir algunos criterios a la Gerencia de Catastro, con el compromiso de regularizar el procedimiento posteriormente.

El legislador Daniel Belloso (FDT) adelantó el voto favorable de su bancada y consideró que otras de las causas para que existan estas irregularidades es que “muchos de los barrios construidos en nuestra provincia fueron modelos predestinados, que poco tenían que ver con la idiosincrasia de nuestros vecinos, como por ejemplo los edificios con propiedad horizontal”.

También, la legislatura rionegrina aprobó la iniciativa impulsada por el poder ejecutivo para adherir al régimen de incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

La adhesión fue solicitada por la Secretaría de Políticas Tributarias de Nación, en virtud de la normalización tributaria fiscal.

Los beneficios tributarios serían la exención del impuesto inmobiliario de doce cuotas (implica dos años desde el momento que se realiza la inversión), la exención en todos los instrumentos que se relacionen con la construcción/inversión, y en los montos declarados, es decir, los capitales blanqueados y declarados, no formarían parte de la base imponible en el impuesto de los ingresos brutos ni serían pasibles de sanciones o fiscalizaciones por parte de las provincias