Buscan crear un registro de rodados secuestrados

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Ingresó al Parlamento un proyecto de ley para crear el Registro Único de Automotores, Motos, Vehículos y Bicicletas, secuestradas dentro de la órbita del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro.


parque automotor secuestrados

Ingresó al Parlamento un proyecto de ley para crear el Registro Único de Automotores, Motos, Vehículos y Bicicletas, secuestradas dentro de la órbita del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro.

La propuesta busca concentrar en una única base de datos, los registros de todos los rodados secuestrados, donde conste la descripción detallada del bien, la causa judicial, cualquier acontecimiento, movimientos y/o traslados que puedan ordenarse u ocasionarse durante el trámite del proceso, hasta que se realice la efectiva devolución al propietario, poseedor o legítimo tenedor, o se dispongan las medidas pertinentes respecto del destino final del rodado.

La autora del proyecto, Sandra Recalt (JSRN), señaló que “es importante contar con una normativa provincial que permita que los automotores, motocicletas y bicicletas secuestradas que se encuentren en condiciones puedan ser dados en custodia a organismos provinciales y municipales, comisiones de fomento y organismos no gubernamentales, como así también a escuelas técnicas y escuelas de oficios”.

Explicó que “los depósitos de elementos secuestrados destinados a la guarda de éstos, por orden de la autoridad judicial, se encuentran saturados principalmente por la acumulación de motos y bicicletas. Esto no solo implica un gasto por la ocupación de espacios, sino que constituye un peligro latente de daño ambiental”.

Recibida la solicitud de entrega de vehículo por parte de un organismo, y verificada su inclusión dentro del registro a crearse, se le comunicará al peticionario que asumirá las obligaciones de depositario, que deberá contratar un seguro de responsabilidad civil -excepto en el caso de bicicletas-, debiendo acreditar trimestralmente el fehaciente cumplimiento de la obligación impuesta ante el Superior Tribunal de Justicia.

Cumplido este requisito, el Tribunal dispondrá la entrega en carácter de depositario al organismo requirente, debiéndose labrar el acta respectiva y oficiar a la dependencia en donde se encontrara secuestrado para que aquella se efectivice, junto con la documentación del rodado.

En el mismo acto se hará entrega de la oblea u otro medio de identificación y de la constancia que acredite su entrega, la que será de uso obligatorio junto a la habilitación para conducir y la contratación del seguro, por parte del depositario.

No podrán ser depositarios judiciales de ningún tipo de rodado, los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial como asimismo legisladores y funcionarios del Poder Ejecutivo de la Provincia, sus ascendientes, descendientes o cónyuges o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado o segundo de afinidad, ni persona que mantenga con los mismos, relación de dependencia laboral y/o profesional.

Como autoridad de aplicación, se propone al Poder Judicial, a través de sus órganos de Superintendencia o de aquellos que el Superior Tribunal de Justicia determine.