Constitución de la Provincia de Río Negro

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Constitución de la Provincia de Río Negro

Sr. Presidente:

La Comisión Redactora y Preámbulo tiene el honor de entregar a Ud. el texto completo y definitivo de la Constitución de la Provincia de Río Negro, sancionado en la ciudad de Viedma el día tres de junio de mil novecientos ochenta y ocho.

El presente constituye el Registro Especial previsto en el Art. 95 del Reglamento Interno.

La Reforma Constitucional insertada contiene 241 artículos en su texto permanente y un último apartado de Normas Complementarias que contiene veintiséis artículos.

La Comisión Redactora dictamina, por unanimidad, que el texto precedente es el que debe publicarse como versión oficial de la Constitución.

Corresponde notificar al Boletín Oficial que ordene la publicación de acuerdo al Art. 23 de las Normas Complementarias y que se autoriza a sus miembros a la corrección final y cuidado de la misma. Cumplido lo cual, se cierra la labor y el presente Registro Especial, leído y firmado en su totalidad, en San Carlos de Bariloche a ocho días de junio de mil novecientos ochenta y ocho.

Informe Final de la Comisión Redactora

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