La ley nacional dispone que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) permita la importación de aceite de Cannabis para su distribución gratuita a aquellas personas que tengan alguna de las patologías contempladas en la norma y que cuenten con indicación médica.
La norma autoriza a la Comisión Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) para el cultivo de plantas de marihuana.
La iniciativa establece que la autoridad de aplicación será el ministerio de Salud Pública de la Provincia.
BANCOS DE LECHE MATERNA
Asimismo, el Parlamento sancionó otra iniciativa por la que se crearán los Bancos de Leche Materna Humana en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro.
Se entiende como Banco de Leche Materna Humana al centro especializado responsable de la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna y de la ejecución de actividades de extracción, procesamiento, controles de calidad, leche intermedia y leche humana madura, para su posterior distribución bajo prescripción médica.
Las madres donantes son aquellas mujeres capaces de derecho que voluntariamente expresen su consentimiento para la donación de su leche materna. Las donantes, deberán contar con indicación de su médico, tener excedente de leche y aceptar la realización de los exámenes serológicos para evaluar la calidad de la leche.
OTRAS SANCIONES
-Se adhirió a la ley nacional que incorpora al Programa Médico Obligatorio, al sistema público nacional, obras sociales y mutuales provinciales, la cobertura total de los dispositivos o bolsa para ostomías.
-Se modificó la ley que crea el Consejo Asesor Mutual en Río Negro para que se elijan cada dos años los miembros titulares y suplentes que compondrán el Consejo Asesor.
-Se modificó la ley de Actividad Pesquera Artesanal Marítima, en lo referido a requisitos para la inscripción en el Registro de Pescadores Artesanales. Entre las modificaciones, los interesados deberán tener dos años de residencia en la Provincia y acreditar domicilio legal en la misma.
-Se estableció que en las facturas y tickets, emitidos por la Provincia a consumidores finales, deberá constar en forma legible y destacada, la siguiente leyenda: “Oficina Provincial de Defensa del Consumidor Sitio Web: www.defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar“
-Se reconoció la vida y obra del escritor argentino Osvaldo Soriano por el aporte a la cultura a través de su prolífera obra literaria y por su trayectoria en el campo del periodismo.
-Se declaró patrimonio histórico y cultural al inmueble ubicado en la localidad de Chelforó donde funcionaba la estafeta postal de Correo Argentino, recuperado por el Estado provincial.
-Se declaró Ciudadana Ilustre a la señora Julieta Vinaya por sus valores de compromiso, valentía y dignidad en la búsqueda de verdad y justicia y por su inquebrantable voluntad de militancia por los más desposeídos.
-Se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2018, la vigencia de la ley provincial J nº 4395, referida a cortes de servicios públicos a usuarios en situación de desempleo o condición socioeconómica que impide su cumplimiento.
-Se estableció el 19 de septiembre como el “Día de las Áreas Naturales Protegidas de Río Negro”, en conmemoración a la sanción de la primer Área Natural Protegida rionegrina que fue el Parque Público Laguna Carri Laufquen Chica en Ingeniero Jacobacci en 1959.
-Se modificó la ley que regula el ejercicio de la profesión de los Acompañantes Terapéuticos en Río Negro, referido a la matriculación.