Ley Tributaria: los bancos pagarán más y otros tributos se actualizarán en base a los salarios

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La legislatura de Río Negro aprobó la Ley que regula la actividad tributaria del año próximo. Los Parlamentarios, como cada año, analizaron las distintas alícuotas que rigen en los tributos provinciales, y consensuaron algunos criterios que se aplicarán a lo largo del próximo ejercicio fiscal. Se destaca entre algunas de las definiciones adoptadas, que no se crearán nuevos impuestos, y que se mantienen los porcentajes de los principales impuestos.


Entre las novedades, se destaca un incremento, en concepto de Ingresos Brutos, para las actividades financieras de los bancos.

Por otro lado, se resolvió -en el caso del impuesto automotor e inmobiliario-, habilitar la posibilidad de actualizar durante el año con las variaciones salariales como referencia.

El legislador Fabio Sosa (JSRN) actuó de miembro informate y destacó que el proyecto tiene una particularidad, y es que la provincia de Río Negro decidió actualizar, tanto el impuesto automotor como inmobiliario, relacionado y vinculado con el aumento salarial de los empleados.

En este sentido, agregó que el proyecto permite llevar adelante principios de equidad y de justicia, sin perder de vista la progresividad que tienen que tener la recaudación provincial.

Para terminar, el legislador destacó que “la recaudación tributaria nos pone de frente ante la prestación de servicios que tiene que realizar la provincia como salud, educación y seguridad”.

Por su parte, el legislador Marcelo Mango (FG) adelantó su voto positivo y destacó que “tenemos sectores de alta capacidad contributiva a los que le podemos cobrar más” y destacó “el incremento a los sectores financieros y de bancos.”

El legislador Juan Martín (JXC) destacó que “lejos de ponerse a tono con la sociedad y los contribuyentes, el gobierno sigue con la misma tesitura de siempre. Exprimido a los contribuyentes no obtienen buenos resultados. Esta ley no tiene nada a favor de los contribuyentes”. Su voto fue negativo.

Por último, el legislador Facundo López, presidente del bloque de ( JSRN) destacó que “las modificaciones que hemos hecho son para generar justicia y recaudar más a los que más tienen”. Respecto a las bonificaciones, destacó que “somos una de las provincias cuyo bonificación por cumplir las metas, es la que más beneficiosa es”.

Cuerpo de la Ley

La Ley Impositiva Anual incluye en un mismo cuerpo legal montos imponibles y alícuotas que estarán vigentes durante el ejercicio fiscal 2024 para los impuestos inmobiliario, sobre los ingresos brutos, de sellos, a las loterías, a las rifas, a los automotores, tasas retributivas de servicios, incentivos y bonificaciones, estabilidad fiscal y beneficios en los impuestos inmobiliarios y a los automotores para la Línea Sur.

El proyecto impositivo de Río Negro repetirá el esquema de topes para los aumentos de los tributos mayoritarios como son Inmobiliario y Automotores.

Las modificaciones mantienen los lineamientos implementados por la actual administración en materia tributaria, lo que ha permitido mantener un incremento sostenido en la recaudación de los tributos provinciales, manteniendo los principios de igualdad y equidad en la tributación, sin perder de vista el objetivo de lograr la progresividad del sistema tributario provincial.

Ley Impositiva Anual

En cuanto al Pago Anual anticipado la bonificación comprende al automotor o inmobiliario, del 35% para aquellos que no posean deudas. Del 10% para los que tengan deuda al 31 de diciembre del 2023. Del 40 % para hoteles, inmuebles de parques industriales o inmuebles rurales y del 40% para vehículos destinados al trasporte, sin deuda.

Impuesto Inmobiliario

Se mantiene la forma del cálculo de impuesto inmobiliario utilizada en el 2022/2023

Se mantienen las bonificaciones por buen cumplimiento unificándolas en un 25% para el ejercicio 2024

Se mantiene el 5% de bonificación adicional por pago de débito en cuenta y se mantiene la exención del 35% para los inmuebles radicados en la Linea Sur.

Otra cuestión importante a tener en cuenta es que, se faculta a la agencia a fijar una tasa de interés para el pago en cuotas del impuesto inmobiliario correspondiente al ejercicio fiscal 2024, que se calculará desde la fecha que se fije para el vencimiento de la opción de pago anual. Dicho interés no podrá superar el RIPTE o IPC, el que fuera menor.

Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Se mantienen la flexibilidad para acceder a la bonificación por pago en término para los contribuyentes que posean “deuda regularizada”.

Impuesto de sellos

Se incrementa la alícuota del 0,75% al 1% para los actos en general, manteniendo el 0,75% para los contratos de locación de inmuebles con destino de viviendas.

Se actualizaron los importes fijos determinados para ciertos actos.

Se aumenta de de 9,908,800 a 26,708,750 el monto a considerar para la exención en sellos de vehículos afectados a la producción primaria.