Procuran crear un Plan de Cierre de Minas para preservar el medio ambiente

(Foto ilustrativa. Fuente: Internet)   El legislador Alejandro Betelú (ACD) presentó un proyecto de ley para crear el Plan de Cierre de Minas para asegurar el cumplimiento de los principios de protección del ambiente y la conservación del patrimonio natural y cultural que pueda ser afectado por la actividad minera.


MINERÍA

(Foto ilustrativa. Fuente: Internet)

 

El legislador Alejandro Betelú (ACD) presentó un proyecto de ley para crear el Plan de Cierre de Minas para asegurar el cumplimiento de los principios de protección del ambiente y la conservación del patrimonio natural y cultural que pueda ser afectado por la actividad minera.

El plan de Cierres de Minas es un instrumento de gestión ambiental conformado por acciones técnicas y legales, efectuadas por los titulares mineros, destinado a establecer las medidas que se deben adoptar a fin de rehabilitar el área utilizada o perturbada por la actividad minera asegurando un ecosistema saludable.

A los fines de esta ley se entiende por rehabilitación a las medidas que son necesario realizar antes, durante y después del cierre de operaciones. Las mismas permiten eliminar, mitigar y controlar los efectos adversos generados al ambiente o que se pudieran generar producto de la actividad minera.

El Plan de Cierre de Minas describe las medidas de rehabilitación, su costo, la oportunidad y los métodos de control y verificación para las etapas de operación, cierre final y post cierre.

Están comprendidas dentro del régimen de esta ley, todas las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, los entes centralizados o descentralizados y las empresas del Estado nacional, provincial y municipal que desarrollen actividades de prospección, exploración o explotación dentro del territorio de Río Negro.

El parlamentario explica en los fundamentos que las minas “constituyen bienes privados de la Nación o de las provincias, según el territorio en que se encuentren. El Código de Minería de la Nación concede a los particulares la facultad de buscar minas, de aprovecharlas y disponer de ellas como dueños”.

Entre otras cuestiones, Betelú aduce que “los graves efectos al ambiente y a la salud de la población, causados por la no implementación de acciones anticipadas, que cuenten con los recursos económicos necesarios para ser llevadas adelante, provoca daños irremediables”.

Un ejemplo de esas consecuencias “es el de la pila de metales pesados depositados en la Ría de San Antonio Oeste, sin embargo abundan en nuestra provincia secuelas de una actividad extractiva como la minería que no considera necesario recomponer los sitios de donde se extraen los minerales”.

Betelú señala que resulta “necesario que la provincia de Río Negro cuente con una reglamentación exhaustiva en relación al tema, regulando todo lo relativo al Plan de Cierre de Minas y la constitución de las garantías ambientales, en concordancia con la legislación ambiental nacional”.