El legislador Hugo Funes (ACD) presentó un proyecto de ley para crear la “Policía Ambiental”, que ejercería el control y fiscalización en materia hídrico-ambiental, y de los recursos naturales en general, en Río Negro. Tendría rango de Subsecretaría y dependería de la Secretaría de Medio Ambiente. Funes plantea que la compleja y diversa problemática ambiental requiere de una especificidad propia que le permita al estado provincial liderar el control y la fiscalización de las actividades humanas perniciosas para el medio ambiente.
Según propone el autor, para cubrir la totalidad del territorio provincial, la Policía Ambiental tendría agentes especializados en puestos fijos y grupos móviles, a quienes se los debería dotar de los recursos materiales necesarios para hacer más eficiente la custodia de los recursos naturales. Contaría con capacitación permanente y un régimen especial en el que se ponderarían el cumplimiento de objetivos y la eficiencia en la tarea asignada.
La institución policial-ambiental debería hacer cumplir toda normativa que contenga previsiones referidas a la protección y cuidado del medio ambiente y de los recursos hídricos. Asimismo, tendría a su cargo el control efectivo de toda actividad pública y/o privada que pueda afectar el equilibrio del medio ambiente, procurando el cese inmediato de toda forma de contaminación y/o alteración sobre el mismo y gestionando su inmediata remediación.
Una de las facultades del organismo sería proteger los recursos naturales tanto en suelos, subsuelos, aguas, superficiales o no, contaminación del aire, depredación de especies animales y vegetales y demás degradaciones y/o daños que puedan afectar negativamente al medio ambiente, en el territorio de la provincia.
También entendería en la determinación de objetivos y formulación de políticas ambientales, específicamente en lo referente a la fiscalización y control de las actividades que puedan generar cualquier clase de alteración en las condiciones del ambiente.
Asimismo, debería ejercer el control efectivo y permanente de las actividades que puedan generar cualquier clase de riesgo para el ambiente, con amplias facultades de fiscalización e investigación; pudiendo proceder a realizar toma de muestras, monitoreos periódicos, inspecciones, elaboración de informes técnicos, patrullajes, control de vertido de efluentes, y cualquier otra medida y/o acción que juzgue conveniente.