Proponen exenciones para fortalecer el Pro.Cre.Ar en Río Negro

Las Legisladoras Beatriz Contreras y Silvia Paz (FpV) presentaron un proyecto de ley para eximir de impuestos, tasas y contribuciones provinciales, en relación al funcionamiento del Fondo Fiduciario Público Pro.Cre.Ar, a su Fiduciario -banco Hipotecario- y a los beneficiarios de los créditos otorgados en Río Negro.


duoooLas Legisladoras Beatriz Contreras y Silvia Paz (FpV) presentaron un proyecto de ley para eximir de impuestos, tasas y contribuciones provinciales, en relación al funcionamiento del Fondo Fiduciario Público Pro.Cre.Ar, a su Fiduciario -banco Hipotecario- y a los beneficiarios de los créditos otorgados en Río Negro.

Asimismo, la iniciativa propone adherir al decreto firmado por la Presidente Cristina Fernández de Kirchner que crea el Fondo Fiduciario Público denominado Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar).

Las autoras destacan entre las características más importantes del programa, el impulso del empleo y la producción nacional, los plazos de financiamiento que son entre 20 y 30 años, los montos de hasta 350 mil pesos, la relación cuota-ingreso que solo puede llegar al 40 %, las tasas de interés del 2% al 14%, las líneas de acceso al crédito con o sin terreno propio y que la adjudicación de los créditos se realiza por medio de sorteos de Lotería Nacional, sin gestores intermedios, garantizando la confiabilidad y la transparencia.

Destacan que 16 provincia han adherido a decretos o resoluciones que faciliten la aplicación del programa Pro.Cre.Ar en sus jurisdicciones mediante una flexibilización en términos fiscales y tributarios.

El Estado Provincial, previa autorización de la Legislatura, podrá ceder, transferir o afectar como bienes fideicomitidos los terrenos fiscales de propiedad de la Provincia que estime necesarios para la construcción de viviendas bajo el Programa Pro.Cre.Ar.

De aprobarse el proyecto, se invitará a los Municipios a adherir para eximir del pago de tasas o tributos aplicables en su jurisdicción al Fondo, a su Fiduciario -Banco Hipotecario- y a los beneficiarios, en todo lo referido a las operaciones relativas al Programa Pro.Cre.Ar.