Digesto Jurídico

Decreto Provincial Nº1152 - de 10-12-1957

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Aprueba Código Fiscal y Ley Impositiva para el año 1958

Incluida en: Digesto

Caracter: Permanente

Firmado el 10-12-1957

Publicado en el Reg.Prov. Nº1

Vigencia: Anexo I: Art.293 Las disposiciones del presente Codigo entraran a regir el 1º de enero de 1958 salvo en lo referente a las normas previstas por el Titulo IV del Libro II cuya aplicacion comenzara a partir del 1ª de febrero de dicho año. Las tasas establecidas por servicios que no preste actualmente la Provincia, entraran en vigencia en oportunidad de tomar a su cargo la Provincia la prestacion de tales servicios. Anexo II Art. 31º Las disposiciones de la presente Ley entraran a regir el 1º de enero de 1958 salvo en lo referente a las normas previstas por el Titulo IV cuya aplicacion comenzara a partir del 1º de febrero de dicho año. Las tasas establecidas por servicios que no preste actualmente la Provincia, entraran en vigencia en oportunidad de toimar a su cargo la Provincia la prestacion de tales servicios.

Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha

Documentos:

Texto Consolidado no disponible


Afectaciones sin consolidar:

Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación

Registros: 2


Todas las afectaciones:

Registros: 2