Condona deudas a las asociaciones profesionales comprendidas. Adhesión al art. 32 de la Ley nacional Nº 14.455
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Sancionada el 26-08-1959 | Promulgada el 04-09-1959 por Decreto Nº1056
Publicado en el B.O.Prov. Nº12 Pág.18
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 64
ADHIERE A Ley Nacional Nº14455
Afectado/s: Art. Nº32
(Por Art. Nº1º)