Establece la obligatoriedad de plantar no menos de 100 plantas por año a los ocupantes de tierras de pastoreo
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Plazo Cumplido
Sancionada el 23-08-1961 | Promulgada el 04-09-1961 por Decreto Nº2113
Publicado en el B.O.Prov. Nº59 Pág.2
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 210