Transfiérese a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios todos los automotores y demás elementos de propiedad de la Provincia que a la fecha se encuentren en su poder.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido | Plazo Cumplido
Sancionada el 01-09-1961 | Promulgada el 14-09-1961 por Decreto Nº2243
Publicado en el B.O.Prov. Nº60 Pág.3
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 220