Digesto Jurídico

Ley Provincial S Nº447

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Disposición sobre los datos de grupo sanguíneo y factor R.H. para que figuren en Cédulas de Identidad y Registros de Conductor que otorguen la Policía y la Municipalidad respectivamente -.

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 22-11-1965 | Promulgada el 06-12-1965 de Hecho

Publicado en el B.O.Prov. Nº227 Pág.1

Vigencia: Artículo 1 "Las Cédulas de Identidad que otorgue la Policía de la Provincia y los Registros de Conductores que otorguen Las Municipalidades, a partir del 1 de enero de 1966, deberán consignar el grupo sanguíneo y el factor R.H." -.

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 447


Todas las afectaciones:

Registros: 1