Reglamentación artículo 28 Ley 486 -Bonificación por actividad riesgoza personal navegante de la dirección de Aeronautica-
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Firmado el 05-05-1967
Publicado en el B.O.Prov. Nº372 Pág.7
Fecha de Consolidación: 30-09-2009
Texto Consolidado no disponible
REGLAMENTA A Ley Provincial L Nº486
Afectado/s: Art. Nº28
(Por Art. Nº1)