Digesto Jurídico

Decreto Ley Provincial G Nº3 - de 11-09-1972

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Ley Orgánica del Notariado. Modificación

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente | Objeto Cumplido

Firmado el 11-09-1972

Publicado en el B.O.Prov. Nº930 Pág.1

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible


Afecta a los siguientes Documentos:

INCORPORA A Ley Provincial G Nº13
Afectado/s: Art. Nº53
(Por Art. Nº1 - Inciso B)
Observaciones: Incorpora a la Ley número 13 orgánica del notariado, como párrafo tercero del artículo 53 el siguiente texto: “El Colegio de Escribanos expedirá los sellos divididos para cada protocolo perfectamente determinados”.

INCORPORA A Ley Provincial G Nº13
Afectado/s: Art. Nº54
(Por Art. Nº1 - Inciso C)
Observaciones: Incorpora a la Ley número 13 orgánica del notariado, como párrafo segundo del artículo 54 el siguiente texto: “Las escrituras que se extiendan en el protocolo auxiliar serán numeradas independientemente”.

INCORPORA A Ley Provincial G Nº13
Afectado/s: Art. Nº53
(Por Art. Nº1 - Inciso A)
Observaciones: Incorpora a la Ley número 13 orgánica del notariado, como párrafo segundo del artículo 53 el siguiente texto: “Cada registro podrá llevar un protocolo auxiliar en el que sólo se asentarán actas, poderes, protestos, protestas, venias y demás autorizaciones y que estará sujeto a las mismas formalidades que el protocolo principal. El escribano que declare acogerse a esta opción, deberá comunicarlo al Colegio de Escribanos antes del 1 de enero de cada año.”