Capital asegurado básico obligatorio del seguro de vida colectivo e incapacidad total y permanente.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Firmado el 15-06-1979
Publicado en el B.O.Prov. Nº1638 Pág.9
Vigencia: Artículo 2: EL presnete Decreto regira a partir del 1º de julio de 1979.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
MODIFICA A Ley Provincial L Nº1247
(Por Art. Nº1)