Aumentando capital asegurado básico obligatorio del Seguro de Viida - Ley 1247
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Firmado el 22-05-1980
Publicado en el B.O.Prov. Nº1738 Pág.1
Vigencia: Art. 2º - El presente Decreto regirá a partir del día 1º de junio de 1980.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
MODIFICA A Ley Provincial L Nº1247
(Por Art. Nº1)