Fijando deberes y facultades a la Comisión Administradora del Mercado Artesanal de Río Negro. Abroga decreto Nº 737/76, 1653/77 y artículo 2 decreto 41/75
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 06-10-1980
Publicado en el B.O.Prov. Nº1775 Pág.9
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Texto Original: Texto Original
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 1
Registros: 1
DEROGA A Decreto Provincial Nº41 - de 15-01-1975
Afectado/s: Art. Nº2
(Por Art. Nº7)
ABROGA A Decreto Provincial Nº737 - de 27-09-1976
(Por Art. Nº7)