Declaración de Zonas Inhospitas o de dificil acceso - Reglamentación artículo 2 - Ley 1218 sobre excepción de prohibición de acumulación de empleo.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Firmado el 26-12-1980
Publicado en el B.O.Prov. Nº1799 Pág.1
Vigencia: Artículo 2 "El presente Decreto tiene vigencia a partir de la fecha"
Fecha de Consolidación: 30-09-2009
Texto Consolidado no disponible
REGLAMENTA A Ley Provincial L Nº1218
Afectado/s: Art. Nº2
(Por Art. Nº1)