Exime Impuesto sobre Ingresos Brutos a ventas de uva fresca e Impuesto de Sellos a actos de productores viñateros, para diversos destinos que no sea vino.
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio
Sancionada el 18-05-1983 | Promulgada el 18-05-1983 de Hecho
Publicado en el B.O.Prov. Nº2049 Pág.2
Vigencia: Artículo 4 : La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá efecto a partir del 1º de enero de 1983
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 1688