Modificación del Código de Procedimiento en Materia Penal.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 09-02-1984 | Promulgada el 09-02-1984 de Hecho
Publicado en el B.O.Nac. Nº25366 Pág.2
Vigencia: Art. 2º : El inc. 6 del nuevo art. 379 empezará a regir después de los 180 días de promulgada la presente Ley.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Texto Original: Texto Original
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 1
Registros: 1
SUSTITUYE A Ley Nacional Nº2372
Afectado/s: Art. Nº380.
(Por Art. Nº1º)
SUSTITUYE A Ley Nacional Nº2372
Afectado/s: Art. Nº379.
(Por Art. Nº1º)