Ley de expropiaciones. Vigencia
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 10-05-1984 | Promulgada el 14-05-1984 por Decreto Nº786
Publicado en el B.O.Prov. Nº2148 Pág.1
Vigencia: Artículo 6º "La presente Ley entraría en vigencia al día siguiente de su publicación".
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 1814
ABROGA A Ley Provincial A Nº1393
(Por Art. Nº7)
SUSTITUYE A Ley Provincial A Nº1015
Afectado/s: Art. Nº18, último párrafo
(Por Art. Nº2)
Observaciones: La acción debe reacer sobre el art. 18 de la ley 1015. Por error de tipeo la ley se refiere al art. 18 de la ley 1051, que no existe
REIMPLANTA VIGENCIA A Decreto Provincial A Nº1325 - de 17-09-1975
(Por Art. Nº4º)
REIMPLANTA VIGENCIA A Ley Provincial A Nº1051
(Por Art. Nº1)
REIMPLANTA VIGENCIA A Ley Provincial A Nº1015
(Por Art. Nº1º)