Seguro de Atención Médica Integral para todos los pensionados indigentes, ancianos y cónyuges de los mismos y/o discapacitados que perciban dicha subvención a través de la Ministerio de Desarrollo Social. Incorporación al IPROSS.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 01-04-1987 | Promulgada el 06-04-1987 por Decreto Nº575
Publicado en el B.O.Prov. Nº2450 Pág.3
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Fe de Erratas:
- Publicada en el B.O.Prov. Nº2455
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 2151
Registros: 1