Ley de Ministerios
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Sancionada el 24-11-1987 | Promulgada el 07-12-1987 de Hecho
Publicado en el B.O.Prov. Nº2521 Pág.1
Vigencia: Artículo 30 : La presente Ley entrará en vigencia a partir del 10 de diciembre de 1987
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 2210
Registros: 5
ABROGA A Ley Provincial K Nº1791
(Por Art. Nº31)