Reduce al mínimo jubilatorio a quienes volvieran a desempeñar funciones remuneradas en el estado Provincial.
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio
Firmado el 18-01-1989
Publicado en el B.O.Prov. Nº2642 Pág.3
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 1
Registros: 1
PRORROGA A Decreto Provincial Nº367 - de 02-03-1987
(Por Art. Nº3)
Observaciones: SIin perjuicio de que la norma determina que la acción recae sobre el Dec. 377/87, primer norma que prorrogó la vigencia del Dec. 367/87, la acción se vuelca sobre la norma que en definitiva contiene las disposiciones objeto de prórroga.