Integrando el organismos previsto en el artículo 10 disposiciones transitorias correspondientes al artículo 11 de la Constitución Provincial, reglamenta artículo 10 inciso 2 disposiciones transitorias correspondientes al artículo 11 de la Constitución Provincial.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Firmado el 20-12-1988
Publicado en el B.O.Prov. Nº2658 Pág.2
Fecha de Consolidación: 30-09-2009
Texto Consolidado no disponible
REGLAMENTA A Constitución Provincial - de 03-06-1988 del Convención Constituyente
Afectado/s: Art. NºArtículo 10 Inciso 2
(Por Art. Nº1º)
Observaciones: El artículo corresponde a las disposiciones transitorias de la norma