Reforma del Estado - Emergencia Administrativa
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 17-08-1989 | Promulgada el 18-08-1989 de Hecho
Publicado en el B.O.Nac. Nº26702 Pág.2
Vigencia: Artículo 69 "Esta Ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, todo conflicto normativo relativo a su aplicación deberá resolverse en beneficio de la presente Ley. Sus disposiciones no serán aplicadas a la transferencias de acciones prescriptas por la Ley 23.105
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 1
Registros: 1