Carta Orgánica de la Municipalidad de Catriel.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 11-12-1990
Publicado en el Otro Nº1
Vigencia: Art. 2º De las Disposiciones Complementarias: Esta Constitución entrará en plena vigencia partir del 1 de marzo de 1991, fecha del inicio de las sesiones ordinarias de la Legislatura Municipal. A partir de esa fecha, quedan automáticamente derogadas las prescripcioenjs normativas opuestas a esta Constitución. El texto constitucional sancionado por esta Convención Constituyente reemplaza a partir de su vigencia a la Ley Provincial Nº 2353.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Texto Original: Texto Original