Delegando en el Departamento Provincial de Aguas las atribuciones comprendidas en al artículo 108 Inciso 8- de la Ley 285 -Régimen del Agua Provincial-. Reglamenta artículo 3 Ley 285
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Firmado el 02-03-1993
Publicado en el B.O.Prov. Nº3044 Pág.5
Fecha de Consolidación: 30-09-2009
Texto Consolidado no disponible
REGLAMENTA A Ley Provincial Q Nº285
Afectado/s: Art. Nº3
(Por Art. Nº2)