Ejercicio de la Profesión de Servicio Social o Trabajo Social. Regulación.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Sancionada el 29-07-1993 | Promulgada el 23-08-1993 por Decreto Nº1237
Publicado en el B.O.Prov. Nº3090 Pág.1
Vigencia: Artículo 10: La presente Ley entrará en vigencia a los noventa -90- días de su promulgación, término en el que el Poder Ejecutivo establecerá la reglamentación pertinente teniendo en cuenta los requisitos y condiciones indispensables para el ejercicio profesional del servicio social y esrtableciendo las sanciones nesesarias para salvaguardar la ética e incumbencias .
Fecha de Consolidación: 30-11-2023
Fe de Erratas:
- Publicada en el B.O.Prov. Nº3098
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 2667
Decreto Provincial G Nº1548 - de 12-09-1994 Por Art. Nº2 del Anexo
Afectado/s: Art. Nº2
Decreto Provincial G Nº1548 - de 12-09-1994 Por Art. Nº6 del Anexo
Afectado/s: Art. Nº6
Decreto Provincial G Nº1548 - de 12-09-1994 Por Art. Nº7 del Anexo
Afectado/s: Art. Nº7
Decreto Provincial G Nº1548 - de 12-09-1994 Por Art. Nº3 del Anexo
Afectado/s: Art. Nº3
Decreto Provincial G Nº1548 - de 12-09-1994 Por Art. Nº10 del Anexo
Afectado/s: Art. Nº10
Registros: 6
ABROGA A Decreto Provincial G Nº317 - de 26-05-1969
(Por Art. Nº9)
ABROGA A Ley Provincial G Nº388
(Por Art. Nº9)