Digesto Jurídico

Ley Provincial P Nº2874

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Suspensión de las Ejecuciones de Sentencia que condenen al Estado Provincial a abonar sumas de dinero.

Incluida en: Histórico

Caracter: Transitorio | Objeto Cumplido | Plazo Cumplido

Sancionada el 03-04-1995 | Promulgada el 24-04-1995 de Hecho

Publicado en el B.O.Prov. Nº3253 Pág.1

Vigencia: Artículo 5º: Esta Ley tendrá una vigencia de ciento ochenta -180- días y regirá plenamente desde el día de su publicación.

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 2874


Todas las afectaciones:

Registros: 3