Centralizando en el Gabinete Provincial, durante la vigencia de la Ley de Emergencia Financiera, la definición de los cronogramas de pago.
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio
Firmado el 11-07-1995
Publicado en el B.O.Prov. Nº3277 Pág.2
Vigencia: Artículo 5: El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Registros: 1