Digesto Jurídico

Ley Provincial L Nº2964

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Estableciendo como haber o remuneración máxima a abonar por la Legislatura Provincial, la retribución correspondiente al cargo de Gobernador.

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 14-03-1996 | Promulgada el 01-04-1996 por Decreto Nº353

Publicado en el B.O.Prov. Nº3355 Pág.2

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 2964


Todas las afectaciones:

Registros: 1