Fusionada a Ley Provincial L Nº846
Autorizando al Poder Ejecutivo a través de la Dirección de Vialidad Provincial a contribuir con un aporte sobre la totalidad de los sueldos del personal para la Obra Social Sindical.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Sancionada el 21-06-1996 | Promulgada el 03-07-1996 por Decreto Nº958
Publicado en el B.O.Prov. Nº3380 Pág.3
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 2997