Reglamentación de la Ley Nº 2942 -Ley de Tránsito-
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 12-08-1996
Publicado en el B.O.Prov. Nº3395 Pág.3
Vigencia: Articulo 33 : El presente Decreto entrará en vigencia a los treinta -30- días de su publicación debiendo la Policiía de la Provincia efectuar una ámplia difusión del mismo en dicho plazo, confórme lo reglamente la Jefatura de la misma.
Fecha de Consolidación: 06-09-2010
Texto Original: Texto Original
Registros: 31
REGLAMENTA A Ley Provincial S Nº2942