Faculta al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda a reemplazar la retención del 5% de cada certificado como garantía de obra por el importe equivalente en certificados de deuda de la Provincia.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 09-10-1996 | Promulgada el 22-10-1996 por Decreto Nº1796
Publicado en el B.O.Prov. Nº3411 Pág.2
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3037