Digesto Jurídico

Ley Provincial G Nº3203

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Fusionada a Ley Provincial G Nº548

El ejercicio de las profesiones de salud que regula la Ley Nº 548 podrá ser ejercida por ambos sexos.

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 23-06-1998 | Promulgada el 02-07-1998 por Decreto Nº740

Publicado en el B.O.Prov. Nº3590 Pág.2

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3203