Digesto Jurídico

Ley Provincial D Nº3205

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Fusionada a Ley Provincial D Nº3040

Estableciendo que el Poder Ejecutivo a través del I.P.P.V deberá atender solicitudes de viviendas de los centros de atención integral de violencia familiar

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 23-06-1998 | Promulgada el 02-07-1998 por Decreto Nº742

Publicado en el B.O.Prov. Nº3590 Pág.3

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3205