Estableciendo que los Jueces deberán contemplar en la determinación de cuotas alimentarias y embargos la percepción por parte de los agentes de vales alimentarios y LECOP - Modificación DNL Nº 5/2201 -VALES ALIMENTARIOS- y 17/2001 -Obligatoriedad de recibir LECOP-
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Firmado el 21-12-2001
Publicado en el B.O.Prov. Nº3953 Pág.3
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Registros: 1
SUSTITUYE A Decreto De Naturaleza Legislativa H Nº5 - de 31-07-2001
Afectado/s: Art. Nº7º
(Por Art. Nº3º)
SUSTITUYE A Decreto De Naturaleza Legislativa H Nº17 - de 11-12-2001
Afectado/s: Art. Nº1º
(Por Art. Nº4º)
INCORPORA A Decreto De Naturaleza Legislativa H Nº5 - de 31-07-2001
Afectado/s: Art. Nº2º
(Por Art. Nº2º)
Observaciones: Agrega último párrafo