Confiere facultades al Ministro de economía a fin de instrumentar convenio que tenga por objeto la emisión de letras de cancelación de obligaciones provinciales
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio
Firmado el 08-02-2002
Publicado en el B.O.Prov. Nº3971 Pág.2
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
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