Digesto Jurídico

Ley Provincial A Nº3649

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Convenios con entidades públicas y/o privadas para el cobro de salarios, jubilaciones, pensiones y tributos provinciales en localidades donde el Agente Financiero de la Provincia haya cerrado sucursales. Autorización.

Incluida en: Digesto

Caracter: Permanente

Sancionada el 14-06-2002 | Promulgada el 02-07-2002 por Decreto Nº573

Publicado en el B.O.Prov. Nº4011 Pág.2

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Fe de Erratas:

- Publicada en el B.O.Prov. Nº4023

- Publicada en el B.O.Prov. Nº4029

Documentos:

Texto Consolidado

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3649