Convenios con entidades públicas y/o privadas para el cobro de salarios, jubilaciones, pensiones y tributos provinciales en localidades donde el Agente Financiero de la Provincia haya cerrado sucursales. Autorización.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 14-06-2002 | Promulgada el 02-07-2002 por Decreto Nº573
Publicado en el B.O.Prov. Nº4011 Pág.2
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Fe de Erratas:
- Publicada en el B.O.Prov. Nº4023
- Publicada en el B.O.Prov. Nº4029
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3649