Digesto Jurídico

Ley Provincial J Nº3674

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Fusionada a Ley Provincial J Nº2813

Estableciendo que las empresas concesionarias de servicios telefónicos fijo y/o móviles que presten por si o por terceros sus servicios en la provincia deberán ofrecer facturación detallada a los usuarios.

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 12-09-2002 | Promulgada el 25-09-2002 por Decreto Nº934

Publicado en el B.O.Prov. Nº4034 Pág.1

Fecha de Consolidación: 15-04-2008

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3674