Establece alícuotas básicas y diferenciadas, cuotas fijas y/o importes mínimos -discriminados por actividad o rubro- del impuesto a los Ingresos Brutos para el ejercicio fiscal 2005
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio | Objeto Cumplido | Plazo Cumplido
Sancionada el 29-12-2004 | Promulgada el 30-12-2004 por Decreto Nº1698
Publicado en el B.O.Prov. Nº4273 Pág.4
Vigencia: Art. 9º - Las disposiciones de la presente ley tendrán vigencia a partir del 1 de enero del año 2005.
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3907