Sistema Rionegrino de Atención de Enfermedades Catastróficas.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 29-12-2004 | Promulgada el 18-01-2005 por Decreto Nº28
Publicado en el B.O.Prov. Nº4275 Pág.15
Vigencia: Art. 18.- Vigencia: LA presente entrará en vigencia desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, debiendo constituirse el Comité Ejecutivo del Sistema en un Plazo máximo de diez -10- días, contados a partir de su reglamentación.-
Fecha de Consolidación: 15-04-2008
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 3936