Régimen Nacional de Asociación Público-Privado. Aprobación
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 16-08-2005
Publicado en el B.O.Nac. Nº30718 Pág.3
Vigencia: Artículo 5º - El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
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