Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2008 el plazo de devolución a Rentas Generales de todo anticipo financiero de coparticipación y fondos -Reglamentación Ley 3186-
Incluida en: Histórico
Caracter: Transitorio | Objeto Cumplido
Firmado el 21-02-2008
Publicado en el B.O.Prov. Nº4611 Pág.1
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
PRORROGA A Decreto Provincial H Nº516 - de 04-05-1999
Afectado/s: Art. Nº1 Incisos"c" y "e"
(Por Art. Nº1)
Observaciones: La norma prorroga el plazo establecido en el artículo 1º incisos c- y e- del Decreto 516/99 que establece que el reintegro de anticipos deberá efectuarse dentro del ejercicio en el cual fueron otorgados. El Decreto reglamenta el artículo 63 -BD- de la Ley 3186.