Tasas Retributivas de Servicios.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 22-12-2009 | Promulgada el 30-12-2009 por Decreto Nº1092
Publicado en el B.O.Prov. Nº4794 Pág.2
Vigencia: Art. 2 .- La presente Ley entrará en vigencia el día 1 de enero de 2010.
Fecha de Consolidación: 03-06-2010
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4478
INCORPORA A Ley Provincial I Nº2716
Afectado/s: Art. Nº33 los incisos g¿-, h¿-, i¿- y j¿-
(Por Art. Nº1)