Régimen de Promoción de los Mercados Productivos Asociativos.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 22-12-2009
Publicado en el B.O.Prov. Nº4794 Pág.171
Vigencia: Artículo 13 - Vigencia. La presente Ley entra en vigencia a los treinta -30- días contados desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Fecha de Consolidación: 03-06-2010
El texto del Documento fue afectado por otras Normas desde su última consolidación. Por favor verifique la sección Afectaciones sin Consolidar.
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4499
Decreto Provincial Nº1083 - de 02-12-2010 Por Art. NºAnexo II
Afectado/s: Art. Nº5º inc. a-
Decreto Provincial Nº1083 - de 02-12-2010 Por Art. Nº11º del Anexo I
Afectado/s: Art. Nº11º
Decreto Provincial Nº1083 - de 02-12-2010 Por Art. Nº10º del Anexo I
Afectado/s: Art. Nº10º
Decreto Provincial Nº1083 - de 02-12-2010 Por Art. Nº5º del Anexo I
Afectado/s: Art. Nº5º incs. a-, b-, d-, e-, f-, g- , i-.-
Decreto Provincial Nº1083 - de 02-12-2010 Por Art. Nº4º del Anexo i
Afectado/s: Art. Nº4º incs. i- k-
Decreto Provincial Nº1083 - de 02-12-2010 Por Art. Nº3º del Anexo I
Afectado/s: Art. Nº3º
Decreto Provincial Nº1083 - de 02-12-2010 Por Art. Nº2º del Anexo I
Afectado/s: Art. Nº2º
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 7
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