Sustituye a partir del 1º de marzo de 2010 el artículo 1º del Decreto Nº 1986/05 -Fija límite mínimo de percepción de sueldo bruto para los aportes públicos comprendidos en el régimen transitorio en los escalafones previstos en las leyes 1904 y 679- y modificatorios.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 18-03-2010
Publicado en el B.O.Prov. Nº4839 Pág.13
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
SUSTITUYE A Decreto Provincial Nº1986 - de 30-12-2005
Afectado/s: Art. Nº1º
(Por Art. Nº1º)