Licencias por Maternidad o Adopción Unificada. Régimen.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente
Sancionada el 03-06-2010 | Promulgada el 15-06-2010 por Decreto Nº404
Publicado en el B.O.Prov. Nº4840 Pág.3
Vigencia: Art. 11º : Esta Ley entra en vigencia a los veinte -20- días de su publicación en el Boletín Oficial y es de aplicación a las Licencias y Situaciones de Maternidad en curso de ejecución otorgadas bajo la normativa anterior, que por la presente se modifica, debiendo adecuarse en cada caso a los derechos establecidos en este régimen.
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4542
Registros: 2